Agro Control

Queda estrictamente prohibida la aplicación de Agroquímicos en la “Zona Verde”.
Para poder aplicar Agroquímicos en“Zona Rural” se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Receta Agronómica

Será obligatoria la emisión de la Receta Agronómica de Adquisición y la Receta Agronómica de Aplicación para poder aplicar agroquímicos en “Zona Rural” y “Zona de Amortiguamiento”.
(Obtener Receta Agronómica)

Matrícula Habilitante

El Profesional Asesor deberá poseer matrícula habilitante para poder emitir Recetas Agronómicas de Aplicación.

Para obtener Información acerca de la Matrícula del Colegio de Ingeniero Agrónomos y Forestales de la Provincia de Buenos Aires (CIAFBA) puede ingresar a: https://ciafba.org/matricula

Para mayor información sobre CIAFBA Sudeste y matriculación, puede acceder a https://ciafba.org/region/sudeste

Emisión Receta Agronómica

El Ingeniero Agrónomo deberá emitir una Receta Agronómica de Adquisición y una Receta Agronómica de Aplicación a través del Ministerio de Desarrollo Agrário de la Provincia de Buenos Aires (MDA).

Es responsabilidad del Ingeniero Agrónomo enviarle al Productor una copia de la Receta Agronómica (en formato papel o digital). Para poder emitir una Receta Agronómica de Aplicación puede Registrarse aquí

Para poder aplicar Agroquímicos en“Zona de Amortiguamiento” se deberá cumplir con los siguientes requisitos particulares:

Productos Banda Verde

En “Zona de Amortiguamiento” solo se permitirá la aplicación de agroquímicos de Clase Toxicológica IV (Banda Verde). Se rechazarán aquellas recetas que no lo cumplan.
- Puede descargar el listado de Formulados Inscriptos por Senasa actualizados en archivo xls y filtrar por Clase Toxicológica IV).
- Tambíen puede descargar el listado de Formulados Inscriptos por Senasa (Diciembre 2020) filtrado por Clase Toxicológica IV)

Supervisión Municipal

La aplicación deberá ser supervisada por un ingeniero agrónomo matriculado, dependiente del municipio, que deberá estar presente durante todo el tiempo que lleve la práctica. No se podrán iniciar aplicaciones en zona de amortiguamiento sin su presencia.
Para coordinar una aplicación comunicarse llamando al 02292 451400

Supervisión por Profesional

Las aplicaciones en “Zona de Amortiguamiento” deberán ser supervisada por un ingeniero agrónomo matriculado, dependiente de la empresa a cargo de la aplicación, que deberá estar presente durante todo el tiempo que lleve la práctica. Puede diferir del profesional que haya efectuado la receta agronómica de aplicación.

Con respecto a las aplicaciones:

Empresa Aplicadora

La Empresa Aplicadora Terrestre deberá estar registrada en el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires. (Ver listado de Establecimientos Inscriptos)

Aplicaciones Aéreas

Se permitirán aplicaciones aéreas a partir de los 2000 metros de distancia del límite urbano.

Notificación a los Vecinos

El aplicador, y quien se encuentre a cargo del establecimiento, deberán dar aviso a los pobladores que se encuentren dentro del rango de los 500 metros de la zona de aplicación. En ningún caso de podrá aplicar con vientos en dirección a la población.

Zona Buffer

Se deberá dejar una Zona Buffer de exclusión de 50 metros a cada lado de cursos y espejos de agua.

Ventana de Aplicación

Se deberá respetar la Ventana de Aplicación establecida por la Ordenanza Municipal 5542/2020 en el Artículo Nº 19.

Con respecto a la velocidad del viento máxima permitida para poder aplicar, el Dto. Nº1063 establece 10 km/h para Zona Rural.

Con respecto a la velocidad del viento máxima permitida para poder aplicar, la Ordenanza Municipal 5542/2020 en el Artículo Nº 19 establece 7 Km/h para Zona de Amortiguamiento.

“La responsabilidad del uso de agroquímicos y de la aplicación propiamente dicha en Zona Rural, es compartida entre la persona que haya ordenado la aplicación, sea propietario del predio o inquilino del mismo; el titular de la empresa y/o aplicador; quienes serán solidariamente responsables por el mal uso o daño que produjeran los agroquímicos aplicados, y/o por el incumplimiento de cualquiera de los puntos establecidos en la Ordenanza. En las zonas de amortiguamiento también será responsable el ingeniero agrónomo a cargo de la aplicación.”

(Artículo Nº43 de la Ordenanza Municipal 5542/2020).

El transporte de bidones, en cajas de camionetas sin cobertura, deberá realizarse con los bidones atados y tapados con una lona y no podrán compartir este espacio con otros elementos (alimentos, leña, animales y/o personas)

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Se prohíbe el transporte de agroquímicos dentro de la “Zona Verde” en envases que no estén cerrados por la empresa que fabricó el producto.

¿Qué necesito para obtener la Receta Agronómica?

Usted como productor debe pedirle a un Ingeniero Agrónomo Matriculado que le emita una Receta Agronómica de Adquisición y una Receta Agronómica de Aplicación a través del Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires.

¿Dónde puedo conocer un Ingeniero Agrónomo Matriculado?

Usted puede ingresar al Listado de profesionales habilitados para recetar para poder contactarse con un profesional.

¿Qué debo hacer una vez que el profesional me entregue la receta?

Usted debe:

Extenderle una copia al operario de la maquinaria que va a realizar la aplicación (formato papel o digital). El objetivo es que el operario tenga la receta disponible para poder presentar en caso de llevarse a cabo una Inspección Municipal de Aplicaciones Agropecuarias.

No se permitirán, en todo el Partido de Benito Juárez, las aplicaciones de agroquímicos sin receta agronómica de aplicación emitidas por el Ministerio de Desarrollo Agrário de la Provincia de Buenos Aires.